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¿Cuándo
se produce?
A
partir del mes de Abril del 2005, se ha producido un
cambio sustancial en materia de "prevención
del blanqueo de capitales", ya que la nueva legislación
impone a determinadas entidades una serie de obligaciones en
este tema con fuertes sanciones en
caso de
incumplimiento.
En 2007 entra en vigor la declaración obligatoria de movimientos de medios de pago y efectivo: "Orden EHA/1439/2006, reguladora de la declaración de movimientos de medios de pago en el ámbito de la prevención del blanqueo de capitales". (Ver PDF)
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¿Qué
obligaciones impone la ley? |
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Entre
las obligaciones que la nueva legislación impone,
se encuentran:
-El
establecimiento de una serie de "procedimientos
y órganos adecuados de control interno y comunicación",
que tienen como objetivo conocer, prevenir e impedir
la realización de operaciones sospechosas de
blanqueo de capitales;
-La
realización de un "examen anual por un experto
externo", que tiene como objetivo la descripción
de las medidas de control interno existentes, la valoración
de su eficacia operativa y la eventual propuesta de
rectificaciones o mejoras.
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¿Qué
sanciones establece la ley? |
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En
caso de incumplimiento la ley establece sanciones
que pueden llegar a la amonestación pública
y multas de hasta 1.500.000 € para la empresa
y hasta 600.000 € para administradores y directivos. |
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PB
- CAP CONSULTORES (Expertos Independientes, S.L.)
Prevención del Blanqueo de Capitales |
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